Certificado médico de actividades subacuáticas
En España para realizar cualquier tipo de actividad subacuática o intervención en un medio hiperbárico ya sea con carácter profesional o recreativo, es obligatorio estar en posesión de un Certificado Médico de actividades subacuáticas.
Dicha normativa legal viene recogida en la Orden Ministerial del 14/10/1997 del Ministerio de Fomento publicada en el BOE del 22.11.1997, nº 280.Artículo 25.
El reconocimiento no debe hacerlo un médico de cabecera, sino un médico especialista en Medicina Hiperbárica.